sábado, julio 11, 2026
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    Gobierno propone 18 cambios al nuevo Código Penal antes de su entrada en vigor

    El Poder Ejecutivo sometió ante el Senado de la República un proyecto de ley que plantea 18 modificaciones a la Ley 74-25, correspondiente al nuevo Código Penal, cuya entrada en vigencia está prevista para el próximo 3 de agosto.

    La iniciativa fue depositada por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, quien afirmó que las enmiendas impulsadas por el gobierno del presidente Luis Abinader serán conocidas y aprobadas antes de que el nuevo marco legal comience a aplicarse.

    Las reformas propuestas abarcan los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 144, 170, 176, 192, 207, 208, 211, 214, 215, 248, 303, 310 y 354 del Código Penal, por lo que el Congreso Nacional dispone de un plazo reducido para completar el proceso legislativo antes del cierre de la actual legislatura ordinaria, fijado para el 26 de julio. En caso de no concluir a tiempo, el Poder Ejecutivo tendría que convocar una legislatura extraordinaria.

    Uno de los cambios más relevantes se concentra en el artículo 310, relativo al delito de ultraje. La propuesta limita la protección penal únicamente a jueces, representantes del Ministerio Público, secretarios judiciales, alguaciles, intérpretes y peritos, dejando fuera al resto de los funcionarios públicos. Además, establece que la infracción solo se configurará cuando las acciones afecten gravemente la función de impartir justicia o alteren el desarrollo normal de un proceso judicial. La sanción permanecería entre 15 días y un año de prisión menor.

    En materia de difamación, contemplada en el artículo 208, el proyecto plantea reducir la pena de prisión de un rango de dos a cinco años a uno de uno a dos años. Asimismo, propone excluir de sanción los casos en que las expresiones sean difundidas a través de medios de comunicación, plataformas de streaming o el ciberespacio.

    La iniciativa también incorpora una excepción para proteger las opiniones y críticas relacionadas con actos de corrupción, políticas públicas, servicios estatales o asuntos de interés general, siempre que estas se sustenten en pruebas o en una verificación razonable de los hechos.

    En cuanto a la difusión de imágenes o audios sin consentimiento, el Gobierno propone que solo sea castigada cuando el material corresponda al ámbito privado o exista una expectativa legítima de privacidad. Además, elimina la sanción específica por fotomontajes falsos y mantiene una pena de hasta un año de prisión.

    El proyecto también contempla reducir las penas por perjurio, pasando del actual rango de cinco a diez años de prisión a una condena de entre dos y cinco años.

    Las modificaciones sometidas por el Poder Ejecutivo incluyen, además, ajustes a disposiciones relacionadas con el hostigamiento escolar (bullying), exhibicionismo sexual, proxenetismo, acoso agravado, emisión de certificados médicos falsos y malversación de fondos públicos.

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