viernes, mayo 22, 2026
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    Reglamento de la DNI establece nóminas confidenciales y régimen exclusivo para su personal

    El personal de la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI) quedará sometido a un régimen especial, exclusivo y de carácter confidencial, que contempla nóminas reservadas y la posibilidad de crear un sistema propio de seguridad social.

    La disposición está contenida en el Reglamento de Aplicación de la Ley 1-26, Orgánica de la Dirección Nacional de Inteligencia, emitido por el Poder Ejecutivo mediante el decreto 291-26 el pasado 29 de abril. La normativa define el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia, así como los procedimientos, competencias y mecanismos de supervisión de ese organismo.

    El reglamento establece que la DNI estará conformada por personal civil propio y por miembros asignados de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, quienes podrán prestar servicios dentro de la institución en calidad de adscritos.

    Asimismo, el artículo 23 dispone que las entidades vinculadas deberán preservar la confidencialidad de las nóminas correspondientes a los agentes que laboren en la DNI, con el objetivo de resguardar la identidad y seguridad del personal operativo.

    La normativa también señala que los funcionarios y agentes fijos de operaciones trabajarán bajo un esquema de dedicación exclusiva y utilizarán identificaciones oficiales de uso restringido, a fin de garantizar el anonimato necesario para el desempeño de sus funciones.

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