sábado, julio 27, 2024
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    Preocupación ante la promulgación de la Ley 1-24 sobre la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI)

    La reciente promulgación de la Ley 1-24, que regula la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), ha generado inquietud en diversos sectores de la sociedad dominicana. La normativa ha suscitado preocupaciones significativas, especialmente en relación con el artículo 11, el cual obligaría a instituciones privadas o personas físicas a proporcionar toda la información solicitada por la DNI, bajo amenaza de prisión en caso de negativa.

    Personalidades destacadas, como el obispo de La Altagracia, Jesús Castro Marte, el director ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños, y los juristas Nassef Perdomo y Eduardo Jorge Prats, han expresado su desacuerdo con las disposiciones de la nueva ley. Monseñor Castro Marte advierte que estas medidas podrían afectar los derechos fundamentales y la libertad, mientras que Castaños destaca la ambigüedad en la redacción de la normativa, lo que podría dar lugar a interpretaciones diversas.

    El artículo 11 ha sido objeto de críticas por parte de expertos legales como Nassef Perdomo, quien señala que la obligación de entregar información a la DNI carece de una clara autorización judicial. Advierte que esto podría llevar a que los ciudadanos dominicanos sean forzados a convertirse en informantes bajo amenaza de prisión, lo que considera contrario a los principios de una sociedad democrática.

    Eduardo Jorge Prats, experto en derecho constitucional, destaca que la ley debería respetar la confidencialidad en áreas como el secreto bancario y profesional, y alerta sobre la posibilidad de interpretar el artículo 9 de manera que permita interceptaciones telefónicas sin orden judicial.

    Por otro lado, la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) expresó satisfacción por la atención a sus observaciones, especialmente en relación con el párrafo IV del artículo 11, asegurando que se han respetado las limitaciones establecidas en la Constitución y las leyes sectoriales.

    La controversia se centra en el artículo 11 de la ley, que establece la obligación de entregar información a la DNI por parte de todas las dependencias del Estado, instituciones privadas o personas físicas, con el propósito de salvaguardar la seguridad nacional, generando un debate sobre el equilibrio entre la seguridad y la preservación de derechos fundamentales.

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